La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó una nueva normativa que permitirá ampliar las capacidades operativas de aeródromos sin servicios de control de tránsito aéreo mediante la incorporación de procedimientos de aproximación basados en navegación satelital.

La medida genera mejores condiciones operativas de accesibilidad manteniendo como principio fundamental la seguridad operacional.
La Resolución N.º 425/2026 establece, por primera vez, un marco normativo específico para el diseño, aprobación e implementación de procedimientos de aproximación PBN (Navegación Basada en la Performance) destinados a pistas de vuelo visual en aeródromos sin servicios de control de tránsito aéreo. Hasta ahora, este tipo de procedimientos no contaba con una regulación específica en el país, lo que limitaba su desarrollo en este tipo de aeródromos.
La Navegación Basada en la Performance (PBN) utiliza tecnología satelital y los sistemas de navegación de a bordo para guiar a las aeronaves con precisión durante la aproximación. Estos procedimientos son diseñados, evaluados, verificados y aprobados por la autoridad aeronáutica competente, asegurando el cumplimiento de los requisitos técnicos y operacionales establecidos por la normativa nacional y los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
La implementación de estos procedimientos permite que más aeródromos del interior incorporen aproximaciones instrumentales hacia pistas de vuelo visual, ampliando sus capacidades operativas y mejorando su accesibilidad. De esta manera, se fortalecen las posibilidades de conectividad aérea en distintas regiones del país y se favorece una mayor integración territorial.
Asimismo, la medida genera mejores condiciones para el desarrollo económico regional al facilitar la conectividad hacia zonas donde se desarrollan actividades productivas estratégicas, como la minería, la energía, la industria o el turismo. En regiones donde las condiciones meteorológicas pueden dificultar las operaciones aéreas, como áreas cordilleranas y patagónicas, la incorporación de estos procedimientos contribuye a mejorar la accesibilidad y la previsibilidad de las operaciones, siempre dentro de los mínimos operacionales establecidos. De esta forma, se favorece el traslado de personas, bienes y servicios vinculados a estas actividades.
Desde el punto de vista de la seguridad operacional, estos procedimientos proporcionan una guía precisa hasta el punto en que el piloto debe establecer contacto visual con la pista. La decisión de continuar la aproximación y efectuar el aterrizaje continúa siendo exclusiva responsabilidad del piloto al mando, quien únicamente podrá hacerlo cuando tenga la pista o las referencias visuales requeridas a la vista y se cumplan los mínimos de visibilidad y demás condiciones operacionales publicadas en la correspondiente carta de aproximación. En caso de no cumplirse estos requisitos, deberá ejecutar la aproximación frustrada conforme al procedimiento publicado.
De esta manera, la nueva normativa no modifica las responsabilidades del piloto ni reduce los estándares de seguridad operacional. Por el contrario, incorpora procedimientos previamente verificados y vigilados por la autoridad aeronáutica, que brindan una guía de navegación más precisa y permiten realizar aproximaciones dentro de parámetros técnicos establecidos, manteniendo en todo momento la exigencia de contar con las referencias visuales y los mínimos operacionales necesarios para efectuar un aterrizaje seguro.










