En un contexto de PANDEMIA el Holdings anuncio que a pesar de la eficaz reestructuración de deuda en 2019 y la ejecución exitosa de su plan, el dramático impacto de la crisis del COVID-19  llevo a la Compañía a acogerse al Capítulo 11 en Nueva York. La filial peruana será liquidada.

No sorprende y duele al mismo tiempo. Esta PANDEMIA le pone fin a la filial peruana de Avianca, empresa que operaba con matrícula november –N- dado que así lo permite la legislación del Perú y que hace más fácil para los accionistas liquidar la empresa.

Si el país incaico hubiera mantenido una  legislación que obligara a las empresas aéreas a operar con matricula nacional, como sucede en Argentina, el desenlace, el fin de la ex TACA Perú, hubiera sido distinto. Por caso la hoy Avian Argentina en concurso de acreedores que debió iniciar su negocio con matricula LV, aún mantiene los aviones en el país y tiene chances legales para poder volver a volar.

Así vemos como en procesos tristes y dolorosos hay más posibilidades de perdurar o subsistir cuando se conserva, la matrícula de origen del país, ejerciendo soberanía y haciendo valer las leyes que a una nación la hacen libre en sus decisiones y en el manejo de sus empresas privadas.

En el caso de Perú y su laxitud se da lo inverso, al poderse volar con matricula estadounidense y  siendo United accionista de Avianca Holdings , liquidar la filial incaica es menos que un trámite.

ATR con matrícula Argentina. LV

Volviendo a la decisión tomada por el Holdings de acogerse al capítulo 11, tal como lo hiciera la propia Avianca en 2003 o tantas empresas norteamericanas en su momento, esto le permitirá volar y brindar sus servicios de manera habitual cuando se levanten las restricciones hoy vigentes por la pandemia COVID-19.

En su comunicado oficial Avianca explica todo el proceso que afronta. A continuación detallamos los más importantes y compartimos ambas cartas en forma completa. La referida a la liquidación de Avianca Perú y la de bancarrota en Avianca Holdings.

● El proceso supervisado por el Tribunal  tiene la intención de favorecer la continuidad de las operaciones de Avianca, preservar los empleos, mantener la conectividad para los más de 30 millones de pasajeros anuales de la Compañía y promover la recuperación económica de Colombia y de sus otros mercados clave

● Avianca se compromete a continuar sirviendo a sus clientes con viajes aéreos seguros y confiables y con un servicio de alta calidad, a medida que las restricciones de viaje generadas por el COVID- 19 se vayan levantando gradualmente.

● La empresa continúa sus conversaciones con gobiernos en relación al apoyo financiero para el éxito del proceso.

BOGOTÁ, Colombia, 10 de mayo de 2020 – Avianca Holdings SA (NYSE: AVH, BVC: PFAVH) (la “Compañía” o “Avianca”) y algunas de sus subsidiarias y afiliadas solicitaron hoy acogerse voluntariamente al Capítulo 11 del Código de Bancarrota de los Estados Unidos en el Tribunal de Bancarrota del Distrito Sur de Nueva York, con el fin de preservar y reorganizar los negocios de Avianca. LifeMilesTM, empresa que administra el programa del mismo nombre no forma parte de la solicitud del Capítulo 11. Acogerse a este proceso fue necesario debido al impacto imprevisible de la pandemia COVID-19, que ha provocado una disminución del 90% del tráfico mundial de pasajeros y se espera que reduzca los ingresos de la industria en todo el mundo en 314.000 mil millones de dólares, según la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA). Las operaciones regulares de pasajeros de Avianca han estado en tierra desde mediados de marzo, lo que ha reducido sus ingresos consolidados en más de un 80% y ha ejercido una presión significativa sobre su liquidez.

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