A casi un año de publicado el DNU 378/25 que extendió los tiempos de servicio y redujo lo tiempos de descanso para pilotos y tripulaciones, la justicia dio lugar a la medida cautelar interpuesta por APLA. lo impuesto por el Gobierno del presidente Javier Milei queda sin efecto.

La cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, hizo lugar a la medida cautelar que presento APLA oportunamente y suspendió los efectos del Decreto 378/25 firmado por Guillermo Francos y Luis Caputo en junio del año pasado, hasta que se de una sentencia definitiva sobre el fondo del asunto.

Mediante un comunicado oficial, el sindicato conducido por Pablo Biró, informa que el fallo reconoce la existencia de elementos suficientes para considerar que la modificación de tiempos de servicio mas prolongados y los de descanso mas acotados para pilotos y tripulaciones, podría generar un impacto sobre la fatiga operacional y en consecuencia sobre la seguridad aérea.

Además, la justicia subraya un punto muy importante descripto por APLA en la cautelar presentada. Para la cámara resulta gravitante la ausencia de participación y consulta previa de todos los sectores involucrados. En otras palabras, el Estado no consulto incurriendo de mínima en una actitud incorrecta.

Como punto relevante de lo expresado por la justicia, se detalla que el derecho al descanso, la jornada limitada y la protección de la integridad física de los trabajadores poseen tutela constitucional y supralegal. O sea, no es necesario esperar a que el daño ocurra para actuar preventivamente.

Comparitmos el comunicado de APLA y notas relacionadas para construir una línea de tiempo.

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