Mediante el Decreto 112/2023 el Gobierno Nacional deja sin efecto los vuelos que LATAM BRASIL realizaba en la ruta San Pablo-Malvinas-Provincia de Córdoba-San Pablo, al derogar el Decreto N° 602/2019 que le dio vida a ese servicio aéreo. Queda operativo el vuelo de LATAM AIRLINES, en la la ruta Punta Arenas-Islas Malvinas-Rio Gallegos.

Al firmase las condiciones de rendición luego del conflicto armado de 1982 en defensa de nuestra soberanía, Argentina cedió la posibilidad de volar a las Islas Malvinas de manera regular con matricula nacional –LV-

Por esta razón vio la luz el 14 de julio de 1999 el acuerdo con Reino Unido que dio origen a los vuelos que se necesitaban realizar por razones comerciales y humanitarias, dado que los familiares de excombatientes y los Veteranos de Guerra, necesitaban y necesitan pisar suelo argentino isleño y conectar con una etapa imborrable en sus vidas. Estas operaciones se realizan con aviones de matrícula chilena CC haciendo una escala en el continente argentino –Rio Gallegos.

Base militar Británica en Malvinas -Mount Pleasant-

Veinte años después el Gobierno de Mauricio Macri mediante el acuerdo Foradori-Dunkan, tomando como base el acuerdo del 99, sumo a la filial brasilera del Grupo Latam para volar a Malvinas desde San Pablo con escala en la Provincia de Córdoba, con un claro énfasis en lo comercial y no lo humano dado que ya existía el vuelo desde Chile.

El vuelo desde Brasil fue suspendido el 20 de marzo del año 2020 al llegar la pandemia del covid -19 y según consta en boletín oficial “en la actualidad, la prioridad del PODER EJECUTIVO NACIONAL en lo relativo a la política nacional de conexión aérea con las ISLAS MALVINAS (Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR – REPÚBLICA ARGENTINA) es la reanudación de los vuelos regulares directos desde el territorio continental argentino, y en razón de ello se ha decidido dejar sin efecto la autorización concedida por el citado Decreto N° 602/19; ello teniendo, asimismo, en especial consideración que en oportunidad de acordarse lo referidos servicios aéreos, también se acordó que los mismos serían mantenidos bajo revisión”. Para que esta noble y soberna decisión sea una realidad deberán modificarse o revisarse las condiciones de rendición firmadas en el denominado acuerdo de Madrid.

Para conocer toda la información compartimos el Decreto 112/2023 publicado en boletín oficial https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/282196/20230307

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