Mediante la RESO 550/2025 el Gobierno Nacional desregulo el uso de aeronaves no tripuladas y tripuladas de manera remota “DRONES”-Para equipos que pesen menos de 250gra sos libre de volarlo donde quieras. Para aparatos que pesen menos de 25Kg deja de exigirse licencia.

Si bien existían regulaciones un tanto restrictivas para el uso de DRONES cuando se confunden principios básicos en tiempos electorales, levantar la bandera de la desregulación y de la libertad como parte de un relato para construir un tiempo con nuevas normativas laxas que aplastan lo técnico, lo primero que sucede en términos operativos es que se incrementa el nivel de riesgo.

 Vuelo AR 1865. Aeronave fuera de servicio por el impacto causado. Año 2017

Bueno…eso es lo que acaba de suceder con la publicación en Boletín Oficial de la Resolución 550/2025. Habrá mayores riesgos de ingestión e impacto entre DRONES y aeronaves tripuladas de ala fija y de ala rotativa.

Esto sucede dentro de un contexto en el cual ANAC, Administración Nacional de Aviación Civil- ha despedido y removido de sus cargos a profesionales idóneos.

Compartimos el link y la gacetilla oficial https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/329510/20250808

Se reglamentan las operaciones de aeronaves tripuladas a distancia

A través de la Resolución N.º 550/2025, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó la Parte 100, 101 y 102 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), que establecen los Requisitos Generales para la Operación de Aeronaves no Tripuladas (RPA/RPAS). La medida simplifica los requisitos técnicos y operativos para que las aeronaves controladas de manera remota, como los drones, puedan operar de forma segura y ordenada en todo el territorio argentino.

El nuevo marco normativo, vigente a partir de su publicación, surge como respuesta al crecimiento sostenido en el uso civil, comercial, científico y recreativo de aeronaves no tripuladas. Su aplicación permitirá integrar esta tecnología de forma segura, eficiente y previsible al sistema aeronáutico nacional, en línea con estándares internacionales promovidos por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), a la vez que impulsará la inversión, fomentará la innovación y potenciará el desarrollo tecnológico del sector.

La norma fue elaborada siguiendo un modelo segmentado por niveles de riesgo, similar al adoptado por autoridades aeronáuticas de referencia mundial.

● La Parte 100 incorpora las disposiciones generales, definiciones, principios rectores y requisitos comunes que deben cumplir todos los operadores, incluyendo el registro de aeronaves, la identificación de operadores y las reglas de conducta operacional.

● La Parte 101 regula la categoría denominada “abierta”, destinada a operaciones de bajo riesgo operativo que no requieren autorización previa, como las que se realizan en zonas rurales o dentro del rango visual del operador, incluyendo las asistidas por medios de visualización de navegación. En este caso, no es obligatoria la licencia de piloto remoto, pero el operador debe demostrar conocimiento básico de espacio aéreo y normativa aplicable, en general. Estos conocimientos pueden adquirirse a través de medios provistos por la Autoridad Aeronáutica, de forma gratuita y simplificada.

● La Parte 102 establece el régimen para la categoría “específica”, que abarca operaciones de mayor complejidad, tales como vuelos en zonas urbanas, nocturnos o cercanos a aeropuertos, entre otras. En estas situaciones, se exige una evaluación de riesgos operativos, con sus consecuentes medidas de mitigación, y la autorización previa de la autoridad aeronáutica. El operador debe contar con un manual de operaciones, seguros, licencia de piloto remoto y, cuando corresponda, la obtención de un Certificado de Explotador de Trabajo Aéreo con RPAS.

El proceso de elaboración de este marco normativo se desarrolló con la participación activa de diversos actores institucionales, académicos y profesionales del ámbito aeronáutico —entre ellos, universidades técnicas y jurídicas, asociaciones especializadas, la Fábrica Argentina de Aviones (FAdeA) y el consejo profesional que nuclea a los especialistas del sector—, en un trabajo guiado por los principios de legalidad, transparencia y mejora continua.

La nueva normativa tiene el objetivo de consolidar un sector más abierto, dinámico y competitivo, terminando e impidiendo los monopolios y favoreciendo la incorporación de nuevos actores. Este marco promueve una competencia leal y en igualdad de oportunidades, impulsa la diversificación del ecosistema RPAS y fomenta la innovación en la industria, siempre garantizando la seguridad operacional.

Asimismo, el nuevo marco regulatorio potencia la competencia y abre el camino a la incorporación de innovaciones tecnológicas en el ámbito rural, generando mejores márgenes de rentabilidad para los productores agropecuarios.

Desde la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía se continúa avanzando en el reordenamiento integral del marco normativo aerocomercial, con el objetivo de dotar al sector de un entorno seguro, competitivo y dinámico. Estas reformas buscan facilitar la adaptación del sector aéreo a las nuevas necesidades y desafíos globales, promoviendo un sistema aeronáutico más eficiente y accesible. En ese sentido, serán inminentes nuevas reformas regulatorias en la materia y complementarias.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *