La Unión de Aviadores de Líneas Aéreas, envió una carta al titular de ANAC, Tomas Insausti, luego que los pilotos del AU 2439 evitaron una tragedia en el Aeropuerto de Comodoro Rivadavia, en la que advierten que de no tomar medidas para mejorar la seguridad lo demandaran en la justicia
La carta firmada por el Secretario General de UALA, Comandante Cristian Erhard, tiene como objetivo hacer despertar una inmediata reacción del Organismo que satisfaga y corrija el estado de peligro en las operaciones aéreas y terrestres. Además advertirle al Administrador Nacional que de no modificarse el actual proceder, a las claras inseguro, la asociación sindical realizar las denuncias penales y administrativas correspondientes.
Desde UALA refieren que en ocasión del vuelo – AU2439 desde el aeropuerto de Comodoro Rivadavia SAVC del pasado 8 de agosto-, nuestros pilotos a cargo de una aeronave repleta de pasajeros, se disponían a iniciar el vuelo, en franca carrera de despegue. En éste, uno de los segmentos más críticos de toda operación aérea y pasada la barrera que determina a la fase de alta velocidad, los pilotos observan atónitos como una camioneta con la cual no tienen ellos ni la torre medio de comunicación alguna, propiedad de una empresa de construcciones llamada Rovella Carranza, invade la pista y se coloca en su línea de trayectoria.
Por suerte para todos los pasajeros, los actores involucrados, incluidos Ud. y quienes lo designaron en su puesto, la última garantía de seguridad la brindan nuestros pilotos, quienes conservan una calidad profesional y aptitud extraordinaria.
ANAC, como autoridad de aplicación dice que: como sería engorroso y tal vez tendrían que hacer muchos trámites, y priorizando la actividad de la empresa constructora, es mejor que los pasajeros y los aviones estén en riesgo. Que así sea.
La alarma de esta Asociación de pilotos, es inconmensurable. Si esto fuera conocido por el público en general, sería escandaloso. Pero nuestros funcionarios gozan del halo de privacidad que la complejidad de las operaciones aéreas y el desconocimiento general (y particular de algunos involucrados) les permiten.
Entendemos que la situación sufrida durante el vuelo de Austral 2439, fue un acto de negligencia, irresponsabilidad e ignorancia generada desde la Administración a cargo. también entendemos que resolver la cuestión determinando que las circunstancias operativas que motivaron el incidente se mantengan, es un acto criminal. Previsto y penado en nuestra normativa.
El Código Penal versa, en el artículo 190 y en su parte pertinente. Será reprimido con prisión de dos a ocho años, el que a sabiendas ejecutare cualquier acto que ponga en peligro la seguridad de una nave, construcción flotante o aeronave. Si el hecho produjere naufragio, varamiento o desastre aéreo, la pena será de seis a quince años de reclusión o prisión.
Es decir, que tanto en la implementación del proceso inicial que derivó en el incidente, como en su reafirmación derivada de la resolución de ANAC por acto celebrado el mismo 8 de Agosto a las 13 horas, y denominado reunión de facilitación (Reunión Comité FAL) de la cual surgió el documento al que hacemos referencia, que aquí se adjunta y que reafirma la decisión de que operen en el aeropuerto de Comodoro Rivadavia vehículos sin comunicación pertinente, configuran claramente el delito descripto en el artículo mencionado ut supra, siendo sólo los pilotos quienes evitaron el agravamiento por muerte de personas, obligando a aplicar el máximo de la pena.
Como representantes de los Trabajadores Aeronáuticos, y defensores de la Seguridad Operativa, vemos con alarma como una vez más la ausencia del estado nos obliga a tener que intimar a aquellos que ostentan cargos públicos, para que utilicen el sentido común y dejen de azorar a sus observadores con su rudimentario, atolondrado y temerario proceso mental al momento de resolver, por lo que: Invocamos a Ud. a que tome las medidas que surgen de obvio de lo expuesto a los fines de garantizar la seguridad de las aeronaves y de los pasajeros en operación en el aeropuerto mencionado y en todos los aeropuertos donde situaciones como la descripta en actividades dentro de los mismos tengan lugar.
En caso de negativa, silencio o inacción, procederemos a dar participación a fiscalía penal, al fuero pertinente respecto de su actuar público y dependencias civiles necesarias a los fines de que persigan la acción necesaria y castiguen con todo el peso de la ley estos designios de temeridad y dolo, tanto eventual, directo y por omisión de sus deberes de funcionario.
Compartimos la carta de UALA a insausti. Descargar