PSA

Consultas y denuncias: 0800-555-5065

Dirección: Av. Hipólito Yrigoyen s/n San Fernando

Director General de la Policía de Seguridad Aeroportuaria: Lic. Germán Montenegro

La Policía de Seguridad Aeroportuaria es la responsable de tu seguridad en los aeropuertos argentinos. Si tenés algún problema no dudes en comunicarte con ellos.

Policía de Seguridad Aeroportuaria

La POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (PSA) tiene por misión la salvaguarda de la seguridad aeroportuaria, que forma parte de la seguridad pública, comprendiendo las acciones tendientes a resguardar y garantizar la seguridad interior en el ámbito aeroportuario, a través de la prevención, conjuración e investigación de los delitos e infracciones que no estén previstos en el Código Aeronáutico. En este sentido, se encarga de:

La seguridad aeroportuaria preventiva, que consiste en la planificación, implementación, evaluación y/o coordinación de las actividades y operaciones -en el nivel táctico y estratégico-, necesarias para prevenir, conjurar e investigar los delitos y las infracciones en el ámbito aeroportuario.

La seguridad aeroportuaria compleja, que consiste en la planificación, implementación y/o coordinación de las actividades y operaciones -en el nivel táctico y estratégico-, necesarias para investigar y la conjurar los actos delictivos cometidos por organizaciones criminales, relacionadas con el narcotráfico, el terrorismo, el contrabando y otros delitos conexos.

Se entiende por:

Prevención, las actividades tendientes a impedir, evitar, obstaculizar o limitar los delitos y las infracciones en el ámbito aeroportuario.

Conjuración, las actividades que tienen por objeto neutralizar o contrarrestar en forma inmediata los delitos y las infracciones en el ámbito aeroportuario en ejecución, hacerlos cesar y evitar consecuencias ulteriores que vulneren dicha seguridad.

Investigación, las acciones y operaciones tendientes a analizar y conocer los hechos y actividades delictivas que atenten contra la seguridad aeroportuaria, sin perjuicio de las responsabilidades jurisdiccionales como auxiliar en la persecución penal de los delitos.
Funciones de la Policía de Seguridad Aeroportuaria

Salvaguardar a la aviación civil, nacional e internacional, a través de la vigilancia, verificación y control de instalaciones, vehículos, personas, equipajes, correo, cargas, mercancías y cosas transportadas así como de aeronaves y tripulaciones en el ámbito aeroportuario.

Fiscalizar y controlar el transporte, tenencia, portación de armas, explosivos y demás elementos de peligro potencial en el ámbito aeroportuario.

Adoptar medidas a fin de brindar respuesta inmediata a situaciones de crisis derivadas de circunstancias como: el apoderamiento ilícito de aeronaves, amenazas de bombas, sabotaje, o de cualquier otro evento crítico o delictivo que pudiera acontecer en el ámbito aeroportuario o en las aeronaves que no se encuentren en vuelo. Se considera que una aeronave se encuentra en vuelo a partir del momento en que se aplica la fuerza motriz para despegar hasta el momento en que termina el recorrido del aterrizaje.

Planificar y desarrollar estrategias y acciones tendientes a la prevención y conjuración de delitos en el ámbito aeroportuario.

La investigación y conjuración de hechos y actividades delictivas cometidas en el ámbito aeroportuario.

La asistencia y cooperación a las actividades judiciales competentes en la investigación criminal y la persecución de delitos.

El cumplimiento de los compromisos previstos en los convenios internacionales en materia de seguridad de la aviación civil y de seguridad aeroportuaria.

La regulación, habilitación y fiscalización de los servicios de seguridad aeroportuaria que fueran prestados por personas físicas o jurídicas privadas.

La aplicación de las sanciones que se establecen por las contravenciones cometidas en el ámbito aeroportuario.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley Nº 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, la PSA ejerce funciones de policía aduanera, migratoria y/o sanitaria donde y cuando no haya autoridad establecida por las respectivas administraciones.