Desde el Ministerio de Trabajo se dicto la medida. El conflicto según la cartera laboral, afectaría el giro comercial normal de las empresas del sector, y el servicio que brindan para la comunidad. La medida evitaria el paro pero no destraba el conflicto. Fuentes gremiales informaron que no recibieron notificación oficial.
El Director Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo dispuso que a partir de las 00:00 horas del día 11 de julio 2018 el conflicto, suscitado entre y el Gobierno Nacional y los trabajadores representados por la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL AERONAUTICO (APA); la ASOCIACION DE PILOTOS de LINEAS AEREAS (APLA); la ASOCIACION DEL PERSONAL TECNICO AERONAUTICO (APTA); la UNION PERSONAL SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES (UPSA); la UNION AVIADORES DE LINEAS AEREAS (UALA), la ASOCIACIÓN DE TRIPULANTES DE CABINA DE PASAJEROS DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES (ATCEPEA) y la ASOCIACIÓN TÉCNICOS Y EMPLEADOS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD A LA AERONAVEGACIÓN (ATEPSA) que prestan tareas en las empresas del Sector Aerocomercial de la República Argentina, que impedirían la normal operatoria de las mismas, queda conciliado
Se inicia así un período de conciliación obligatoria por el plazo de QUINCE (15) días, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 11 de la normativa retrotrayendo la situación a la existente con anterioridad al inicio del presente conflicto.
Según informaron fuentes gremiales, se enteraron de la noticia a través de los medios de comunicación al tiempo que recordaron que no fueron recibidos oportunamente por el Ministro de Transporte, lo que motivo la redacción del documento en el cual manifestaron y declararon el estado de alerta y movilización como parte de un plan de lucha.
La medida de fuerza que hoy es conciliada fue declarada con posterioridad a la presentación del documento en donde los gremios piden el cambio de rumbo en la política aercomercial que favorece a las empresas extranjeras y propicia la precarización de la mano del modelo low cost.
De esta manera se intima a las entidades sindicales y por su intermedio, a los trabajadores involucrados, a dejar sin efecto, durante el período indicado toda medida de acción directa que estuviesen implementando y/o tuvieran previsto implementar, prestando servicios de manera normal y habitual.
Cabe destacar que si bien la medida no permitirá que se haga efectiva la medida de fuerza, no modifica en absoluto la realidad por la cual los Sindicatos Aeronáuticos Unidos iniciaron el plan de lucha.