MUY IMPORTANTE si todo lo publicado en Boletín oficial –Resolución 651/2025- no se reglamenta será lo mismo que nada. Desde hoy solo están vigentes –no reglamentadas, sin implementarse- las nuevas normas incluidas en este link https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/331607/20250919?busqueda=2

En pocos días se viene un informe sobre las nuevas disposiciones. Mientras tanto compartimos la gacetilla oficial que como podrán ver no menciona en ningún momento el tema REGLAMENTACION…
Mediante la Resolución N° 651/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) actualizó la Parte 61 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), que regula el marco para la obtención de licencias y habilitaciones de pilotos.

Con esta medida, la Argentina según la información oficial “moderniza”, su normativa aeronáutica y se alinea con los estándares internacionales establecidos tanto por el Sistema Regional de Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP) como por el Anexo 1 al Convenio de Chicago de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
La nueva normativa fomenta la profesionalización de la actividad aérea en lo referido al otorgamiento de certificados de idoneidad aeronáutica, asegurando el cumplimiento de los más altos estándares de seguridad operacional y generando, al mismo tiempo, mayores oportunidades laborales para los titulares de licencias de piloto en el ámbito del transporte aerocomercial.
Asimismo agiliza procesos administrativos eliminando licencias que no cuentan con reconocimiento internacional por la OACI y que constituían un obstáculo innecesario y sin fundamento en la seguridad operacional.
De este modo, se impulsa la transformación hacia una aviación más abierta, eficiente y plenamente alineada con los principios de la seguridad operacional, consolidando un marco regulatorio moderno, claro y adaptado a la evolución tecnológica y operativa del sector.
Entre los principales cambios, se destaca:
● Simplificación de licencias: se deja de emitir la licencia de Piloto Comercial de Primera Clase de Avión, otorgando mayores atribuciones a la licencia de Piloto Comercial y ampliando las oportunidades para el ejercicio profesional de la actividad aeronáutica.
A su vez, se elimina la habilitación de Tipo para Helicópteros livianos y las actividades de aeroaplicación y combate contra incendios pasan a estar reguladas en la RAAC 137.
● Instructor de Vuelo: deja de ser una licencia para convertirse en una habilitación, en línea con el ordenamiento internacional.
● Nuevas figuras: se incorpora la figura de Examinador de Vuelo y las licencias de Piloto de Globo Libre, Piloto a Distancia e Instructor RPAS, integrando la normativa específica de sistemas no tripulados, como drones.
En este sentido, se reglamenta un nuevo alcance de la autoridad delegada, fomentando la actividad privada fiscalizada y creando nuevos puestos de trabajo. Es el caso de Examinador de vuelo, esto permitirá agilizar el otorgamiento de licencias, brindando a la industria la opción de ser habilitado por un piloto examinador designado -de Centros de Instrucción o Entrenamiento, por ejemplo- o elegir un inspector de la ANAC.
● Claridad en atribuciones y limitaciones: se actualizan y precisan las facultades de cada licencia regulada en esta parte.
● Estandarización internacional: se eliminan habilitaciones que no forman parte del esquema de la OACI (como CAT II/III) y se ajustan criterios de experiencia reciente, competencia lingüística y verificaciones de competencia.
Cabe destacar que la incorporación de la figura de Examinador de Vuelo representa un avance fundamental en el desarrollo del sistema de autoridad delegada, al eliminar demoras innecesarias y contribuir a la optimización de los procesos. De este modo, se fortalece la eficiencia en la gestión aeronáutica y se consolida un esquema más ágil y moderno.
Con estas modificaciones, la ANAC continúa avanzando en el proceso de actualización y armonización regulatoria, garantizando que la normativa argentina acompañe la evolución tecnológica y operativa de la aviación civil, en línea con los estándares internacionales y regionales. La seguridad operacional, principio inalterable de la autoridad aeronáutica, se mantiene como eje central de toda la actualización normativa