Las cuatro aerolíneas privadas pagan el 21% de IVA en todas sus compras. Solo cobran un 10.5% en sus ventas. Hoy ARCA -antes AFIP- retiene el 10.5% restante. Las líneas aéreas privadas piden utilizar ese porcentual retenido para pagar otros impuestos cosa que si hace Aerolíneas Argentinas. El reclamo lleva más de diez años.

A instancias de la Senadora Nacional por la Provincia de Mendoza, Mariana Juri, durante el miércoles 23 de abril, ejecutivos de JetSMART, Andes, American Jet y Flybondi en la cámara alta hicieron una presentación solicitando la utilización del SALDO TECNICO DEL IVA –Impuesto al valor agregado- para poder pagar otros tributos y tasas, tal como lo hace Aerolíneas Argentinas.
UN EJEMPLO BASICO, LITERAL
Siendo una línea aérea privada, si haces una compra por $100+iva pagas un total de $121. Si haces una venta por $100+iva cobras $121 pero ARCA – el Estado- retiene $10.5 de esa venta y no los podes utilizar para ningún otro pago. O sea cobras $110.5.
Esto rige para empresas aéreas de capitales argentinos, nacionales –Andes y American Jet- y para las que tienen financiamiento y capitales extranjeros –JetSMART y Flybondi-; en cambio Aerolíneas Argentinas si puede utilizar esos $10.5 retenidos para pagar otros tributos o tasas. O sea en algún momento ARSA cobra o debita a su favor esos $10.5.
UN POCO DE HISTORIA
El uso de los saldos técnicos de IVA que acumulan las líneas aéreas porque facturan el valor total más el impuesto, pero no pueden descontarlo –IVA ventas con IVA compras- es un tema histórico para la industria, desconocido para el público en general y para gran parte del periodismo no especializado.
Haciendo un poco de historia encontramos que el decreto 1012 del año 2006 propiciaba que las líneas aéreas pudieran usar los saldos técnicos de IVA que acumulan a su favor pero por distintas razones que incluyen las poco felices decisiones políticas, aquellas que pisotean o lastiman lo técnico, nunca se puso práctica.
Con el Grupo Aerolíneas Argentinas-Austral ya estatizado, en la ley de IVA se autorizó solo a las empresas estatales a usar los saldos técnicos acumulados para compensar y pagar impuestos, beneficio del que no gozan desde aquel momento las empresas aéreas privadas, con lo cual el relamo mirándolo en perspectiva lleva al menos 15 años.
El trato desigual ante el fisco reviste gravedad, esta el caso de Andes para graficar de manera contundente la inexistente igualdad. La compañía estuvo al borde de la quiebra desde antes de la pandemia como consecuencia de la fracasada revolución de los aviones y durante la mortal noche del COVID 19. Aun así no se le permitió usar el dinero retenido por el saldo técnico de IVA para paliar esa situación. Algo similar ocurrió durante el triste final de Avianca Argentina.
Refiero al concepto de malas decisiones políticas cuando las mismas dañan o desconocen variables técnicas, en este caso dentro del régimen impositivo y como pueden destinar o no el dinero dirigido a esos tributos los jugadores del mercado.
Volviendo a lo sucedido el miércoles 23 en el Senado. ¿Que pidieron las cuatro líneas aéreas privadas?
*Resolver la imposibilidad de poder utilizar el saldo de crédito fiscal de IVA que se acumula día a día y en donde solo 1 operador, gracias a una vieja ley, puede acceder para cancelar otras obligaciones fiscales, constituyendo una clara desigualdad y discriminación hacia nosotros.
• Terminar con privilegios para un solo operador y buscar la igualdad para poder competir, sumar inversiones y más conectividad.
FUNDAMENTOS
El Crédito fiscal de IVA que se genera en 1 año representa aproximadamente solo el 10% del total de los impuestos y tasas pagados al Estado en el mismo periodo.
Ley 27.431 / Presupuesto 2018: Art 90 permite exclusivamente a Aerolíneas Argentinas descontar el saldo técnico de IVA acumulado y por generarse, para pagar retenciones y/o percepciones.
El RG N° 4019/2017: Habilita a Aerolíneas Argentinas, Austral, Optar, Jet Paq y Aerohandling a compensar el saldo técnico de IVA contra saldos de retenciones y/o percepciones. Ninguna otra compañía aérea posee dichos beneficios.
El RG 4761/2020: Permite a los prestatarios de servicio de transporte público (colectivos) solicitar el uso y devolución de sus saldos técnicos (los años 2019 y siguientes).
PROPUESTA PARA ELIMINAR LA DESIGUALDAD
Permitir el uso del Saldo Técnico del IVA acumulado y por generarse como crédito para el pago de las obligaciones impositivas cuya recaudación, aplicación y percepción se encuentran a cargo de ARCA. En palabras simples, Igualar los beneficios que tiene AR.
En su defecto, se podría optar por nivelar el IVA débito y crédito para arriba ambos o para abajo ambos.
Si el IVA compras baja un 10,5% va a generar distorsión en la cadena de proveedores que le facturan servicios a las cuatro líneas aéreas.
Sino, elevar el IVA Debito a 21% encarecería el precio de los pasajes aéreos que es justamente lo que no quieren que suceda.
Por estas razones, las cuatro empresas privadas, concluyeron que lo mejor opción a implementar radica en que se les permita utilizar el crédito fiscal como lo hace Aerolíneas Argentinas nivelando el campo de juego para todas las aerolíneas para alcanzar así una estructura de costos equitativa.
En el documento presentado a los senadores las cuatro aerolíneas destacaron lo siguiente; “según cálculos preliminares, si el mercado crece aproximadamente un 10%, la recaudación extra de impuestos por el Estado recupera crédito fiscal. Les pedimos nos acompañen en esta moción para la igualdad de condiciones y competir con las mismas reglas de juego para aportar a un sector aerocomercial aún más dinámico y próspero”.
Mirando este tema en perspectiva temporal, concluyo en que prolongar la desigualdad tributaria existente en el tiempo no solo no tiene ningún sentido sino que propicia un clima de tensiones evitable en la industria.
Aerolíneas Argentinas ni gana ni pierde peso específico por ser el único jugador al que se le permita utilizar el saldo técnico de IVA, eso paso con el decreto 70/2023, mientras que ninguna de las otras cuatro líneas aéreas inclinara la balanza a su favor o moverá la aguja del mercado utilizando fiscalmente un dinero que hoy el Estado le retiene.
Donde sí, el Estado Argentino debería analizar nuevas variables tributarias, es en si alguna de las empresas privadas del mercado se radican fiscalmente en propio o a través de sus inversores en paraísos fiscales, caso Flybondi en Delawere y en el Reino Unido.
Los paraísos fiscales tienen un régimen tributario con bajas cargas impositivas y un régimen muy laxo, generando así dentro de legalidades existentes, desigualdades reales y actuales que el público en general desconoce y la inmensa mayoría de los medios no especializados también.
Estudiar un impuesto que se les aplique a las compañías del sector con empresas instrumentales o vinculadas radicadas en paraísos fiscales, para igualar la carga impositiva que paguen Aerolíneas Argentinas, Andes, JetSMART y American Jet en un régimen de igualdad frente a Flybondi también es algo pendiente.
Las malas decisiones políticas tomadas por distintos gobiernos que han pisoteando lo normativo, lo técnico y lo impositivo vienen causando daños evitables en la industria desde hace unos 15 años.
Próximamente en el Senado habrá una nueva comisión para ver si se da dictamen al pedido realizado por JetSMART, Andes, American Jet y Flylbondi
Por Diego Dominelli