Luego de 16 años de impunidad, el Juez Federal Sebastián Ramos que entiende en la causa cerró la etapa de instrucción y la elevó a Juicio Oral. Los 26 imputados, entre los que se encuentran directivos de la compañía y personal de la Dirección de Aeronavegabilidad y Comando de Regiones Aéreas. El accidente ocurrió el 10 de Octubre de 1997 cerca de la localidad de Fray Bentos en la República Oriental del Uruguay y dejó a 74 muertos, todos sus tripulantes y pasajeros. La elevación se dictó respecto de 26 imputados, entre quienes se encuentran los integrantes del Directorio y gerentes de la compañía aérea así como también personal de la Dirección Nacional de Aeronavegabilidad (DNA) y del Comando de Regiones Aéreas (CRA), a quienes se les imputa el delito de estrago doloso, previsto en el artículo 190, tercer párrafo, última parte del Código Penal.
Es importante que siendo un sitio de aviación brindemos precisiones sobre el siniestro. En un primer momento, como sucede casi siempre en estos casos, se culpó al piloto lo cual es ampliamente incorrecto. La aeronave Douglas DC-9-31 matrícula LV-WEG que recorría el vuelo 2553 había sido de Iberia y se matricula y habilita sin una alarma de color ambar que por disposición internacional es obligatoria. La misma indica que la velocidad en el velocimetro no es confiable. El único objeto que perseguían los gerenciadores de la empresa de ese entonces era la de ahorrarse aproximadamente $ 3 mil dólares. Por otra parte el avión en el que volaban tuvo dos siniestros previos al accidente en los tubos y Ezeiza desoyó el pedido para bajar la altura a la que volaban ya que estaba comenzando la formación de hielo.
Hasta el año 1998, la empresa Austral gozaba del beneficio de mandar a sus pilotos a simuladores una vez por año y no cada 6 meses como corresponde según la legislación vigente de nuestro país.
A continuación encontrarán adjunto la resolución completa firmada por el Juez Federal que entiende en la causa.
resolucion causa austral